CAMPO


Código de Conducta

De conformidad con la Regla 1.2b, el Comité de Competición del R.C.G de Castiello ha establecido este código de conducta donde se recogen las normas esenciales de comportamiento que se espera de los jugadores en nuestro Club.

El Código de Conducta, en su caso, se aplica también al caddie del jugador, y en consecuencia el jugador podrá ser penalizado por las acciones de su caddie durante la competición.

Constituyen infracciones al Código de Conducta y serán por lo tanto motivo de sanción las siguientes:

  • Omisión en el cuidado del campo con acciones como el no rastrillar bunkers, no reparar piques, no reponer chuletas, sacar la bola del hoyo con el putter o rasgar los greenes para marcar la bola.
  • Uso inadecuado de los carros y coches de golf. Los mismos no podrán circular por los antegreenes, bunkers, entre los bunkers y el green, tees de salida o por cualquier otro lugar indicado como paso prohibido. En el caso de los coches, es obligatorio circular siempre por los caminos o, cuando estos no existan, por el rough, intentando invadir en la menor medida posible las calles.
  • Entrar o jugar desde una zona de juego prohibido declarada como tal en la regla local, o señalizada de cualquier otra forma salvo para recogerla bola u otro objeto que forma parte de su equipo.
  • Uso de lenguaje inaceptable (blasfemias, insultos, uso de palabras groseras o malsonantes)
  • Lanzar o maltratar los palos, bolsas, u otros objetos que forman parte del equipo del jugador, así como dañar intencionadamente el campo.
  • Faltar al respeto a otros jugadores, personal del club, árbitros o espectadores.
  • Conducta antideportiva u otro tipo de comportamiento que no se ajuste a los estándares de etiqueta y comportamiento descritos en la regla 1.2a de las Reglas de Golf.

Excepto que la consideración de la gravedad del hecho aconseje una sanción más elevada, el grado de penalización será:

  • Primera infracción: advertencia verbal.
  • Segunda infracción: penalización de un golpe.
  • Tercera infracción: penalización general (Stroke Play: 2 golpes-Match Play: pérdida del hoyo)
  • Cuarta infracción: Descalificación

Nota: Las advertencias o sanciones aplicadas bajo el Código de Conducta durante una vuelta serán acumulativas para el resto de la misma y hasta el final del torneo o campeonato.

El Comité de Competición ejercerá de autoridad final para aplicar las penalidades anteriormente descritas, implementando mediante la consiguiente regla local el Código de Conducta, que será de aplicación en el desarrollo del juego.

(Ejemplos de grave falta de conducta se encuentran en la Interpretación 1.2a/1 de las Reglas de Golf).

COMITÉ DE COMPETICIÓN R.C.G DE CASTIELLO. Febrero de 2024

DIRECCIÓN

Real Club de Golf de Castiello

C/ Camino del Golf Nº 696 (Bernueces)

33394 Gijón – Asturias

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De Lunes a Viernes: de 8:00h a 14:30h

Vestuarios y cuarto de palos:

Apertura: 8:00h

Comienzo atención al público: 8:00h

Primera salida: 8:30h

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Cierre de instalaciones: 21:00h

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